CONCEJALIA DE CONSUMO Y MERCADOS

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¿QUÉ ES LA OFICINA MUNICIPAL DEL CONSUMIDOR?
La OMIC de Salou se crea como un servicio municipal dependiente de la Concejalía de Mercados y Consumo, que a partir de una atención directa y gratuita al ciudadano, garantiza la protección y la defensa de los derechos de los consumidores y usurarios del municipio.
Esta oficina está acreditada como punto CIAC (Centro de Información y Asistencia a los Consumidores) dependiendo del Centro Europeo del Consumidor.
Nuestra OMIC fue creada en el año 1992, amparándose en lo establecido en el artículo 51 de la Constitución Española
de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la defensa de los Consumidores y Usuarios
y de la Ley 3/1993, de 5 de marzo, del Estatuto del Consumidor de Cataluña.
Este abanico de leyes ha permitido disponer de un sistema de protección de los consumidores y usuarios que, a partir del reconocimiento de unos derechos básicos, permita desarrollar legislaciones específicas referentes a cuestiones fundamentales para la vida diaria.
 
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES?
  • Derecho a la protección de la salud y a la seguridad.
  • Derecho a la información.
  • Derecho a la protección de los intereses económicos.
  • Derecho a la educación en materia de consumo.
  • Derecho a la representación, a la consulta y a la participación.
  • Derecho a la protección jurídica y a la reparación de daños.

¿PARA QUÉ SIRVE LA OMIC?

  • Para atender las consultas que formulen los ciudadanos sobre la compra de bienes y la utilización de servicios.
  • Para recibir reclamaciones, denuncias y quejas de los consumidores y usuarios, analizarlas, tramitarlas y, si es necesario, remitirlas a los organismos competentes para su resolución.
  • Para mediar, intentando que empresa/ establecimiento y usuario lleguen a un acuerdo amistoso y a una solución práctica, rápida y efectiva para ambas partes.
  • Para colaborar con la Junta Arbitral de Consumo de Cataluña en relación con aquellos temas que se hayan sometido al Sistema de Arbitraje.
  • Para indicar las funciones y direcciones de otros organismos y entidades, públicos o privados, relacionados con el consumo.
  • Para realizar tareas de formación e información en materia de consumo.
¿QUIÉN PUEDE UTILIZAR LA OMIC DE SALOU?
  • Las personas físicas o jurídicas que compren bienes o contraten servicios, como destinatarios finales, siendo indispensable que el consumidor o el establecimiento estén domiciliados en el municipio.
  • No podrán presentar reclamaciones ni denuncias ante la OMIC aquellas personas que adquieran, almacenen, utilicen o consuman bienes o servicios que se incorporen al proceso de producción o reventa en la actividad industrial o comercial de la empresa, sin ser los destinatarios finales.
  • Serán atendidas todas las solicitudes de información, independientemente de las condiciones de la persona que las requiera.
DEBE TENER EN CUENTA QUE…
La OMIC no puede intervenir:
  • En temas que afecten las relaciones privadas entre particulares.
  • En cuestiones iniciadas en la vía judicial o sobre las cuales ya ha recaído sentencia firme.
¿CÓMO SE PUEDE HACER UNA CONSULTA?
  • Personándose en nuestras oficinas, ubicadas delante del Ayuntamiento, en la Passeig del 30 d'Octubre nº4, de Salou, en horario de atención al público, martes y jueves de 10h a 13:30h.
  • Llamando por teléfono al 977 30 92 18 o por fax al 977 30 92 17.
  • Por correo electrónico a la dirección omic@salou.org
¿QUÉ SE TIENE QUE HACER PARA PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN O DENÚNCIA?
1. Rellenar una instancia, teniendo mucho cuidado en que:
  • Es muy importante rellenar todos los datos, tanto del reclamante como de la empresa o del establecimiento reclamado.
  • Se debe hacer una descripción clara y concisa de los hechos que han dado pie a la reclamación o denuncia.
  • Es imprescindible especificar cuál es exactamente su pretensión: reparación del producto o servicio, cambio de un producto, devolución de una cantidad...
  • Toda reclamación o denuncia debe ir acompañada de la documentación que acredite los hechos (facturas, ticket, recibo, contratos, publicidad...).
2. Presentar la instancia debidamente rellenada y acompañada de la documentación (o copia de la misma) acreditativa de los hechos en el Registro General del Ayuntamiento en horario de 9:00h a 13:30h.
 
ALGUNOS CONSEJOS PRÁCTICOS
1. Antes de consumir.
  • En general, antes de comprar un producto o utilizar un servicio, es conveniente comparar las diferentes ofertas de acuerdo con la relación calidad precio que ofrecen y sus necesidades. Escoja el más adecuado.
  • No se deje influir sólo por la publicidad a la hora de adquirir un producto o solicitar un servicio. Compruebe que aquello que se anuncia es lo que realmente se ofrece. En caso contrario, sería publicidad engañosa, denunciable ante los organismos administrativos competentes.
  • Lea las etiquetas antes de adquirir un producto y también posteriormente para conservarlo mejor y hacer un uso óptimo del mismo. Las etiquetas identifican qué se compra, informan sobre las características, la marca, el nombre del fabricante, envasador o distribuidor, la composición, las instrucciones de uso y otros avisos según el tipo de producto del que se trate.
  • La obligatoriedad de exhibir los precios de los productos por parte de quien los ofrece al mercado le ayudará a informarse de cuánto le costará y podrá escoger mejor. Los precios anunciados incluyen, si no se dice explícitamente lo contrario, todo tipo de impuestos y gastos aplicables.
  • Solicite siempre el presupuesto por escrito en la prestación de un futuro servicio y exija el cumplimiento de los trabajos que se detallan. El presupuesto es un documento que detalla los trabajos previstos que se realizarán con su precio correspondiente.
2. . A la hora de consumir.
  • Exija factura y guárdela el tiempo que haga falta, según el producto o servicio adquirido. La factura es un documento que nos indica lo que se ha comprado, cuánto se ha pagado, dónde, cuándo, cómo y a quién. Es un documento básico para poder justificar el pago de un producto o servicio, y al mismo tiempo servirá para poder exigir sus derechos en caso de que haya algún problema.
  • Lea detenidamente los contratos antes de firmarlos, especialmente la letra pequeña. Si alguna parte del contrato no la ve clara, consulte antes de firmar. Una vez firmado el contrato, exija una copia para tener constancia de ello. El contrato es un documento donde se establece por escrito una serie de derechos y obligaciones a las cuales se comprometen las partes que firman.
3. Después de consumir.
En la adquisición de bienes de naturaleza duradera (electrodomésticos, calderas, aparatos de radio o televisores...) exija una garantía formalizada por escrito, la cual le dará derecho a las reparaciones necesarias durante el período de vigencia de forma totalmente gratuita.
  • Guarde el escrito de garantía sellado por el productor o suministrador del bien durante el período de vigencia.
  • Si durante el período de garantía debe reparar el producto, pida un comprobante de reparación, aunque ésta sea gratuita, para tener constancia de ello.
  • Recuerde que las reparaciones de aparatos de uso doméstico y de vehículos automóviles tienen legalmente una garantía de tres meses.
  • Para el resto de productos y servicios, el que los ofrece fija el período de vigencia.
 
 
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